martes, 21 de enero de 2014

Censo para Jubilados


Gobernación del Zulia inició
censo para jubilados y pensionados

Por instrucciones del gobernador Francisco Arias Cárdenas, la Gobernación Bolivariana del estado Zulia, a través de la Oficina de Recursos Humanos y la Secretaría de Asuntos Administrativos, Políticos y Laborales, inició el censo para los jubilados y pensionados, con la finalidad de actualizar los datos en todo el Estado, durante el primer trimestre del año en curso. 

El director de Recursos Humanos de la Gobernación, Rafael Morillo, expresó: “Estamos iniciando el censo para los jubilados y pensionados de la Gobernación para actualizar los datos. Los beneficiarios deben presentar los requisitos de ley conforme a lo establecido en nuestro régimen y ordenamiento jurídico”.

Además,  informó que este procedimiento es un mandato de la ley, que debe hacerse en el primer trimestre de cada año. “Durante la mañana de hoy ya hemos atendido alrededor de 300 personas, y estimamos atender sólo en Maracaibo aproximadamente a 12.000 personas, para un total de 16.000”, explicó.

Igualmente, Morillo notificó que en Maracaibo el censo se está realizando en las oficinas de la Fundación Vida Zulia, ubicadas en el Centro Comercial Centro, diagonal a las Torres de El Saladillo, se atenderá en un horario de 8:30 de la mañana hasta las 2:00 de la tarde, del 20 de enero hasta el 28 de febrero.

La recepción de los documentos, será por terminales de cédula, en el siguiente orden: los lunes 1-2, martes 3-4, miércoles 5-6, jueves 7-8 y viernes 9-0.

En los municipios foráneos se atenderá en las intendencia municipales, desde el 5 de marzo hasta el 28 del mismo mes.

A continuación los requisitos que deben ser presentados:

Jubilados y pensionados por incapacidad o sobreviviente:
·        Fotocopia legible de la célula de identidad.
·        Dos (2) fotocopias tipo carnet actualizadas del pensionado y/o sobreviviente.
·        Fotocopia de la libreta de ahorros o de un cheque anulado (Que se observe el número de cuenta y el último movimiento).
·        Fotocopia de la resolución de jubilado y/o sobreviviente.
·        Consignar los requisitos en una carpeta marrón tipo oficio con su respectivo gancho.
·        No se admitirá en ningún caso autorizado, por lo que deberá consignar informe médico actualizado con sello húmedo del médico tratante y de la instrucción hospitalaria, a fin de realizar visita domiciliaria.

Pensiones de sobreviviente, cuyos beneficiarios sean menores de edad, deberán consignar adicionalmente:
·         Fotocopia de la partida de nacimiento.
·        Original de constancia de estudios vigente.
·        Fotocopia legible de la cédula de identidad y una (1) foto tipo carnet del autorizado y/o tutor.
 


No hay comentarios:

Publicar un comentario